CON LA LEY DE IGUALDAD SANCIONATORIA HAY CAMBIOS EN LA INMOVILIZACIÓN DE MOTOS

CON LA LEY DE IGUALDAD SANCIONATORIA HAY CAMBIOS EN LA INMOVILIZACIÓN DE MOTOS

El Presidente del Senado Efraín Cepeda, en conjunto con otros Congresistas sancionaron la Ley que había sido objetada por el Presidente con la cual se le pone un freno a la inmovilización de motos y carros por infracciones menores.

Cepeda dijo que: “saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país…” Por su parte, uno de los autores de la iniciativa Gustavo Moreno sostuvo que con la sancionada Ley de Igualdad Sancionatoria se acaba el negocio de las grúas y parqueaderos que tenía azotados a los grupos más vulnerables del sector del transporte en Colombia.

El congresista manifestó además que muchas veces la infracción superaba el valor de la moto y los propietarios optaban por no recuperarla.

Estas son las normas por las que ya no se le podrían llevar la moto a los patios:
D3: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
D4: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de PARE o un semáforo intermitente en rojo.
D5: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, enmarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
D6: Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
D7: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o cosas.

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