Después de más de dos años de revisión, la Corte Constitucional avaló 92 de los 101 artículos de la reforma pensional, en una decisión adoptada por 7 votos a favor y uno en contra.
Sin embargo, la reforma todavía tiene un camino pendiente. Nueve artículos y una proposición deberán regresar a la Cámara de Representantes, que tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del fallo, para corregir los problemas de trámite señalados por el alto tribunal.
Uno de los puntos que permanece en la reforma es el Pilar Solidario, que contempla una renta básica para adultos mayores en situación de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad que no lograron acceder a una pensión. La referencia inicial del beneficio fue de alrededor de $230.000 mensuales, aunque el monto se actualiza de acuerdo con las reglas establecidas para cada vigencia.
La decisión también establece que la parte avalada de la reforma entraría en vigencia el 1 de abril de 2027, debido a que la fecha originalmente prevista, el 1 de julio de 2025, ya quedó atrás durante el proceso de revisión constitucional.
Esto significa que el nuevo sistema pensional no empieza a funcionar de manera inmediata. Primero deberán cumplirse los trámites ordenados por la Corte y posteriormente avanzar la reglamentación y adecuación operativa de las entidades involucradas.
Además, el fallo conocido este martes se concentró en los problemas de trámite legislativo. Todavía existen otras demandas contra distintos contenidos de la reforma que deberán ser estudiadas posteriormente por la Corte.
En otras palabras, la decisión representa un importante paso para la reforma pensional, pero el debate jurídico y político todavía no está completamente cerrado.


